El hombre tenía 69 años y la mujer 67, según han confirmado fuentes oficiales
Pedro Muñoz seguirá en la cárcel. Aunque recurrió la medida, el auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma el auto de la Audiencia Provincial de León, en el que se acordaba el inmediato Ingreso en presión comunicada y sin fianza de Pedro Muñoz.
El TSJCyL desestima el recurso de apelación interpuesto por Muñoz al considerar que el auto de la Audiencia está suficientemente motivado, que la extrema gravedad de la pena que le ha sido impuesta al expolítico (de casi 17 años de prisión) es un hecho objetivo del que cabe deducir que Pedro Muñoz pretenda, no sólo sustraerse a la acción de la justicia, sino perjudicar a la víctima e incluso reiterar la conducta delictiva.
Este auto del TSJCyL hay que combinarlo con el auto dictado este lunes por la Audiencia Provincial de León, en el que se acuerda la prórroga de la prisión provisional comunicada y sin fianza hasta el límite máximo que la ley concede, que es hasta la mitad de la condena.
Pero vayamos por partes para entender el entramado de recursos que va plateando Muñoz para intentar retrasar la acción de la Justicia. Todos los que puede.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, hizo público este martes su fallo sobre el recurso que había presentado el expolítico Pedro Muñoz para intentar eludir la prisión provisional, una medida que revisó el jueves de la semana pasada el TSJCyL. La Sala entiende que "la extrema gravedad de la pena impuesta es un hecho objetivo para pensar que el acusado pueda sustraerse a la acción de la Justicia" y considera que, de permanecer en libertad, "Muñoz puede poner en peligro bienes jurídicos de la víctima del delito -su segunda exmujer, Raquel Díaz- e incluso reiterar la conducta delictiva".
Sobre el resto de argumentos proporcionados por el acusado -condenado en enero por la Audiencia Provincial-, como sus circunstancias personales y familiares, siendo un hombre con hijos y nietos, su arraigo personal en la zona del Bierzo, lo limitado de sus recursos económicos en términos tales que pueda organizarse una fuga, como también es su notoriedad pública o la ausencia de antecedentes penales y riesgo de reiteración delictiva, el TSJCyL considera que "decaen ante el hecho objetivo de las importantes responsabilidades penales que hoy por hoy, sin ser firmes, recaen sobre su persona".
La Sala señala además que las cuestiones médicas invocadas "no le colocan en imposibilidad de ingresar en prisión" y precisa que "la vigilancia y control de sus padecimientos pueden ser realizada en dicho contexto", en referencia a la enfermedad que el condenado alega que padece, tal y como ya relató en una vista que tuvo lugar en la Audiencia Provincial de León el 5 de febrero, cuando el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares solicitaron el inmediato ingreso en prisión de Pedro Muñoz, por la gravedad de los hechos por los que ha sido condenado y por la extrema vulnerabilidad de su víctima, que durante 3 años y 8 meses ha permanecido "escondida y aterrada" por miedo a su agresor.
El exconcejal de Ponferrada Pedro Muñoz pasó por seis partidos políticos y numerosas responsabilidades (edil, alcalde, procurador, diputado) durante su trayectoria política, lo que da una idea de los 'tentáculos' de apoyo que podrían haberle arropado durante los años de calvario que ha sufrido su víctima (según ella misma realtó en el juicio, celebrado en diciembre en León).
En el mes de enero fue condenado en la Audiencia Provincial de León a penas que suman 16 años y once meses de cárcel por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar, otros tres de maltrato en el ámbito familiar y uno por lesiones agravadas, con los agravantes de parentesco y discriminación por razón de género contra Raquel Díaz.
Todas las partes han recurrido esta condena. La víctima y su abogado, el gallego Felipe Patiño, recuerdan que el condenado "intentó matarla" (tal y como reconoce la sentencia de la Audiencia de León) y han recurrido al TSJCyL para que se le condene por asesinato u homicidio en grado de tentativa.
Así las cosas, Muñoz, condenado a casi 17 años de cárcel por una brutal agresión a Raquel Díaz el 27 de mayo de 2020 en Toreno y varios delitos de maltrato, debe continuar ingresado en la cárcel de Mansilla de las Mulas aunque su sentencia condenatoria no sea firme todavía.
La deliberación, votación y fallo del tribunal ubicado en Burgos se celebra como respuesta al recurso que presentó el condenado a la decisión de la Audiencia Provincial de León de dictar su inmediato ingreso en prisión, una medida que acordó la Sala Tercera tras la vista celebrada el 5 de febrero a petición del Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares para evitar el riesgo de fuga y proteger a la víctima.
Tras esa vista, al día siguiente, el día 6 de febrero, la Audiencia dictó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del exconcejal de Ponferrada y dio a Muñoz un plazo de diez días para ingresar en Mansilla. El condenado se presentó en la cárcel de Villahierro el domingo 25 de febrero por la tarde.
No conforme con la decisión del tribunal que lo juzgó a partir del 11 de diciembre, la defensa de Pedro Muñoz decidió recurrir la medida. En realidad, desde que se iniciara el procedimiento judicial contra él por intentar matar a su segunda exmujer el 27 de mayo de 2020 en Toreno, el exconcejal del Ayuntamiento de Ponferrada ha impugnado todas las medidas que los tribunales han acordado, en lo que parece un intento por seguir dilatando en el tiempo su más que probable futuro en prisión.
Patiño, el letrado de la víctima, ha recordado al TSJCyL en su recurso a la sentencia condenatoria a Muñoz que no puede obviarse que Muñoz, con ayuda de sus dos hijos, pretendió deshacerse de todo su patrimonio personal en 2020. “No puede obviarse que sus hijos han sido imputados por colaborar con Muñoz en la comisión de un delito de insolvencia punible conducente a eludir el abono de las responsabilidades civiles que pudieran derivarse del presente procedimiento, 1.502.982,33 euros”.
Para el abogado de Raquel Díaz, el arraigo familiar del que habla Muñoz en su recurso para intentar eludir la prisión “no sólo no puede ser utilizado como un argumento favorable a la exclusión de la prisión, sino que esa relación familiar de dependencia absoluta al padre hace incluso que sea previsible que le ayuden a eludir la acción de la justicia, como ya hicieron con el patrimonio”.
“No puede olvidarse que Ruth Muñoz Botas, cuando en el juicio le preguntamos si no le preguntó nada a su padre cuando éste le comentó por teléfono que Raquel se había matado declaró: Si a mí mi padre me dice ven volando, pues voy volando, yo no necesito ninguna explicación”.
Al letrado de Raquel Díaz le causa perplejidad que pretenda obviarse la situación de grave vulnerabilidad en la que ha quedado su defendida como consecuencia de la brutal agresión de su exmarido. “¿De verdad resulta necesario un argumento complementario a la evidencia de las secuelas que padece?”, indicaba Patiño en su impugnación al recurso, donde recuerda que las deficiencias psicofísicas causadas a Raquel le imposibilitan para la realización de cualquier tipo de profesión u oficio, precisando asistencia para todas las actividades básicas de la vida diaria.
A la alegación de la defensa de Muñoz de que "el domicilio de la denunciante es desconocido”, la acusación de Raquel Díaz le recuerda que la víctima de la brutal agresión de Muñoz tiene que vivir oculta, se ve obligada a vivir enclaustrada, recluida, ajena al mundo.
Raquel sigue sin plaza en un centro adecuado
Mientras su entorno tramita ayudas a distintas instituciones para que la ubiquen en un centro adecuado, a día de hoy Raquel Díaz continúa esperando plaza en un centro adecuado a sus circunstancias físicas y neurológicas. Hasta la fecha, ha estado vagando por hasta cuatro centros sociosanitarios de Castilla y León, rodeada de ancianos y enfermos psiquiátricos, lo que no parece lo más idóneo para su recuperación de un episodio (en realidad, varios) de sufrimiento extremo.
Además de su ingreso en prisión, Muñoz también ha recurrido la sentencia que lo condena a 16 años y 11 meses de prisión.
El tribunal, integrado por los magistrados Carlos Miguélez del Río (presidente), Álvaro de Aza Barazón y Nuria Valladares Fernández, firmó la sentencia condenatoria a Pedro Muñoz el 10 de enero de 2024. En ella se absolvía al expolítico berciano de cuatro delitos: asesinato en grado de tentativa, homicidio en grado de tentativa (por la concurrencia de la excusa absolutoria de desistimiento voluntario), delito de amenazas en el ámbito familiar y delito leve de injurias en el ámbito familiar.
Será el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el que resuelva -en las próximas semanas- todos los recursos a la sentencia de la Audiencia Provincial de León.
El caso llegará previsiblemente al Tribunal Supremo, tal y como anunció el propio condenado durante el juicio. “No voy a cansarme hasta que no haya justicia”, dijo Muñoz durante sus intervenciones ante el tribunal.
Por su parte, Raquel Díaz, que recibió este martes "con infinito alivio" la decisión del TSJCyL de que su agresor continúe en prisión provisional al menos hasta 2030, volvió a pedir "a quien pueda ayudarme" que recuerden que ella sigue viva y que necesita un lugar donde continuar con su recuperación de un episodio tan traumático. "¿De verdad nadie va a acordarse de que las supervivientes seguimos vivas y necesitamos ayuda para seguir adelante con nuesrras vidas? ¿Nadie?", lamentó la mujer, de 48 años. En mayo de 2020 su entonces marido le causó tales lesiones que está parapléjica y con daños neurológicos irrecuperables.
Su recuperación está siendo muy notable y, con todo, Raquel confía en que "alguien" le tienda la mano y le ayude a tener "una vida digna" en la que pueda recuperarse de tremendo shock postraumático. "Vivir rodeada de ancianos y enfermos psiquiátricos no es lo que mi cerebro necesita, di por favor que me ayuden".
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