El TSJCyL confirma 5 años de cárcel a un hombre por abusos sexuales a su hija de 9 años

El caso se instruyó en Astorga, llegó a la Audiencia Provincial de León y la sentencia aún podría recurrirse ante el Tribunal Supremo

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El TSJCyL confirma 5 años de cárcel a un hombre por abusos sexuales a su hija de 9 años
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.
Susana Martín
Susana Martín
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acaba de emitir una sentencia en la que confirma la decisión de la Audiencia Provincial de León de fecha 7 de diciembre de 2022 de condenar a cinco años de prisión a un hombre por abusar sexualmente durante el confinamiento por la pandemia de 2020 de su hija menor de edad y de escaso desarrollo mental-madurativo. La niña tenía diagnosticado un coeficiente intelectual de 82.

Los padres de la pequeña estaban separados: él vivía en la provincia de León y la madre -junto a la hija de ambos- en Asturias. Los hechos denunciados habrían ocurrido cuando la niña tenía nueve años y se encontraba en el domicilio leonés de su padre para cumplir el régimen de visitas, entre abril y junio de 2020.

Según recoge la entencia, "el varón, con la finalidad de satisfacer sus instintos sexuales, la obligó a echarse en la cama con él, abrazándola fuertemente, besándola en el cuello y lamiéndole la oreja, al tiempo que frotaba y rozaba su pene contra los glúteos de la menor".

En el mes de junio de ese año, cuando la menor regresó con su madre y su hermana, "llorando y angustiada",  les contó lo que su padre le hacía. En la noche del 29 de junio de 2020, la menor se encontraba en el domicilio de su hermana muy nerviosa y vomitando, ante lo que esta llamó a una ambulancia que trasladó a la menor al Hospital de Cabueñes de Gijón, donde la niña relató a los pediatras que le atendían que su padre, durante la pandemia, "la tumbaba en la cama, la abrazaba, la besaba y la rozaba el culo con sus partes, poniéndola la pierna por encima para impedir que se separase".

Estos hechos primero se investigaron en el Juzgado de instrucción número 2 de Astorga y luego fueron juzgados en la Audiencia Provincial de León, donde se condenó al hombre a la pena de cinco años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como una medida para el condenado de libertad vigilada durante seis años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta.

La misma sentencia prohibía al hombre que pueda aproximarse a su hija a una distancia inferior a 200 metros y a no comunicarse con la niña por cualquier medio o procedimiento durante siete años.

Asimismo, se le impuso la pena de privación de la patria potestad respecto a su hija menor durante un periodo de cuatro años y la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, durante un tiempo de ocho años.

El condenado solicitó la revocación de la sentencia y pidió su libre absolución, pero al llegar ahora al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, se ha ratificado la sentencia de la Audiencia de León.

En esta sentencia, fechada en diciembre de 2023, se valora especialmente lo manifestado por la víctima, "siendo una declaración que cumple los parámetros necesarios para servir como prueba de cargo
suficiente que desvirtúa la presunción de inocencia, puesto que reúne los requisitos de credibilidad subjetiva y objetiva, persistencia en la incriminación y de ser corroborada por otras pruebas". "Ninguno de los alegatos del recurso puede servir para desvirtuar la rotundidad de su relato", recoge la decisión del TSJCyL, contra la que cabe un nuevo recurso de casación en el Tribunal Supremo.

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