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"Muñoz hizo todo lo que pudo para terminar con la vida de su mujer, si no la mató no fue porque no lo intentara"

El TSJCyL revisa los recursos de apelación de todas las partes contra la sentencia de la Audiencia de León que lo absolvió de tentativa de asesinato u homicidio y lo condenó por "lesiones agravadas"

"Muñoz hizo todo lo que pudo para terminar con la vida de su mujer, si no la mató no fue porque no lo intentara"
El expolítico (c) dejó a su mujer parapléjica tras una brutal paliza en 2020. Fue juzgado en la Audiencia de León, que lo condenó por "lesiones agravadas". | SM
Susana Martín
Susana Martín
Lectura estimada: 6 min.
Última actualización: 

"Pedro Muñoz hizo todo lo que pudo para terminar con la vida de su mujer el 27 de mayo de 2020, y si no mató a Raquel no fue porque él no lo intentara". Es la tesis que sigue defendiendo la acusación particular de Raquel Díaz, ejercida por el abogado Felipe Patiño. La víctima, que era abogada, y su letrado confían en que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León les dé este martes la razón y corrija la sentencia condenatoria que dictó la Audiencia Provincial de León en el mes de enero, un fallo que absolvió al expolítico berciano de asesinato u homicidio en grado de tentativa y lo condenaba por "lesiones agravadas" y varios delitos de maltrato.

El tribunal de primera instancia apreció "arrepentimiento" en la salvaje acción que dejó a la víctima parapléjica y con daños neurológicos irrecuperables, un desistimiento que Patiño niega rotundamente. "Si llamó al 112 cuando ya la creyó muerta fue para salvarse él, no a ella".

La sentencia condenatoria recoge que el 27 de mayo de 2020, Muñoz lanzó a Raquel desde la terraza de la casa familiar de Toreno y la apaleó mientras ella yacía maltrecha en el suelo, dejándola parapléjica y con daños neurológicos irrecuperables. El TSJCyL debe dilucidar ahora si que el agresor "atendiera" a Raquel, le taponara las heridas craneales (que él le había causado) y llamara al 112 es suficiente para absolverlo del delito de asesinato u homicidio en grado de tentativa, como hicieron tres magistrados de la Audiencia de León. Su sentencia señala que "finalmente se arrepintió", pero si el tribunal reconoce literalmente en su fallo que Muñoz "intentó matarla", ¿es posible absolverlo luego de un acto que sí consumó, aunque la víctima salvara milagrosamente su vida?

El exconcejal de Ponferrada Pedro Muñoz fue condenado en enero a 16 años y 11 meses de cárcel por intentar matar en 2020 a su segunda mujer, la abogada leonesa Raquel Díaz. La semana pasada se ha sabido que su estancia en prisión se ampliará, tras ser condenado también por intentar descapitalizarse para no indemnizar a Díaz si resultaba condenado, como así fue: un juzgado de Ponferrada condenó a Muñoz y a sus dos hijos a 15 meses y un día de prisión por alzamiento de bienes.

Este martes 18, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León debe resolver los recursos de apelación de todas las partes contra la sentencia de enero, una revisión que puede significar otra ampliación de la condena al veterano político del Bierzo, que pasó por hasta seis formaciones políticas distintas.

Los hechos probados en la sentencia de la Audiencia indican que el día 27 de mayo de 2020, "encontrándose ambos en la finca Las Huelgas de la localidad leonesa de Toreno, se produjo entre ellos una discusión, pues Raquel Díaz estaba en una habitación haciendo la maleta con la intención de abandonar la vivienda, lo que molestó a Pedro Muñoz, por lo que con tono amenazante dijo a la denunciante Raquel, ¿qué cojones estás haciendo?, ¿no te enteras que sólo muerta te puedes librar de mí?".

"A continuación, el acusado, como muestra de la grave y arraigada desigualdad existente en la relación sentimental que mantenía con su esposa y del dominio y superioridad que ejercía sobre ella, comenzó a agredirla golpeándola en los brazos y en las piernas, y agarrándola luego por las piernas la arrastró hasta la terraza de la parte superior de la vivienda, a unos cuatro metros en horizontal del suelo, mientras que ella intentaba con las manos y moviéndose separarse y que la soltara".

La sentencia recoge que "ya en la referida terraza, el acusado agarró con las manos a la denunciante, consiguiendo esta apartarle las manos y golpeándola entonces con la mano izquierda en un ojo. A continuación, el acusado la agarró por el cuello con la mano derecha, intentando ésta defenderse y quitárselo de encima con las manos y moviéndose, lo que finalmente no consiguió. El acusado, con la intención de acabar con la vida de la denunciante, conociendo y asumiendo las altas posibilidades que existían de poner fin a su vida si la arrojaba, la lanzó al vacío por el balcón o barandilla que soportaba el remate de la terraza, cayendo y golpeándose contra un pozo que había en la zona y el suelo, especialmente en la cabeza y en la espalda, quedando inmóvil y tirada en el suelo boca abajo".

Inmediatamente después, dice la sentencia, "Muñoz bajó desde la terraza y le dijo: zorra, hija de puta, ¿te has muerto ya?, acercándose a ella y volviéndola a agredir con patadas, golpes y un palo en varias partes del cuerpo, en especial en las manos y en las piernas".

Respecto al supuesto arrepentimiento del condenado, la sentencia recoge lo siguiente: "Después de ejecutar estos hechos con la intención de acabar con la vida de la denunciante al realizar actos eficaces y efectivos suficientes para producir ese resultado, y pudiendo poner fin a su vida, pues se encontraban ellos solos en un lugar aislado y solitario y estando la lesionada inmóvil y sin poder defenderse, no quiso finalmente hacerlo, cesando en su conducta de forma personal y plenamente voluntaria y arrepintiéndose de ello, evitando así el resultado de su muerte al introducirla en una galería de la vivienda, dejándola en el suelo en posición de cúbito lateral derecho (posición de seguridad), colocando un cojín debajo de su cabeza, tratando de bloquear las hemorragias que tenía con unas toallas que previamente cogió del baño, realizando luego una llamada telefónica al servicio de emergencias del 112 pidiendo auxilio y para que fueran a asistir a su esposa porque se había caído y estaba inconsciente, llamando también por teléfono a sus amigo Gustavo Pérez y a su hija Ruth Muñoz Botas para que se personaran en la finca y le ayudaran y le auxiliaran por el grave estado en que se encontraba su esposa".

Cabe destacar que, cuando Muñoz dijo haberse "encontrado" a su entonces mujer en el suelo (luego fue dando varias versiones), llamó a dos personas de su máxima confianza y les dijo que Raquel estaba "muerta", según se explicó en la vista oral. Entonces, Muñoz habría llamado a Emergencias cuando ya pensó que Raquel había fallecido. "No para salvarla a ella sino para salvarse él", argumentó durante el juicio Patiño, "por lo que no hubo desistimiento alguno".

La ponente designada es la magistrada Blanca Isabel Subiñas, junto a la que estarán los veteranos magistrados José Luis Concepción (presidente del TSJCyL) y el leonés Carlos Javier Álvarez. Los tres magistrados debatirán a partir de las 12:30 horas del martes en Burgos si finalmente Muñoz debe ser condenado por asesinato u homicidio en grado de tentativa, coom solicita la acusación particular de la víctima, o da la razón al tribunal que juzgó en León al expolítico en diciembre de 2023, un tribunal que (como solicitó el Ministerio Fiscal, que lo había acusado primero de homicidio en grado de tentativa) decidió finalmente absolverlo de la tentativa de asesinato/homicidio y condenarlo como delito principal por "lesiones agravadas" porque, a juicio de los tres jueces, Muñoz "se arrepintió de querer matar a Raquel". 

Muñoz ha insistido en todo momento en su "inocencia", por lo que cuesta entender un arrepentimiento en el susodicho si éste ni siquiera reconoce la autoría de los hechos por los que se le ha condenado en primera instancia.

Si el tribunal de la Audiencia fue rotundo en la exposición de los hechos probados, que recogen que "intentó matar a Raquel", ¿por qué le atribuye después un arrepentimiento, como si la acción de querer matarla no se hubiera completado? "Él hizo todo lo que pudo para terminar con la vida de su mujer, y si no murió no fue porque él no lo intentara", explica el letrado Patiño.

Pedro Muñoz, que ha recurrido todas y cada una de las resoluciones judiciales incluso durante la instrucción, solicitó hace unos meses que se celebre, una vista en el TSJCyL, pero el tribunal se lo denegó, por lo que las partes no estarán en Burgos este día. La vista no será pública. 

La indemnización llegará cuando la condena sea firme

En concepto de responsabilidad civil derivada de los delitos cometidos, Muñoz debe indemnizar a Raquel Díaz en la cantidad 1.502.982,33 euros, una cantidad de la que la víctima no recibirá ni un euro hasta que la condena sea firme.

Muñoz ya anunció durante el juicio que recurrirá "hasta donde haga falta", por lo que es más que previsible que, falle lo que falle el TSJCyL esta semana, el agresor de Raquel Díaz interponga un recurso de casación para llegar al Supremo, último escalón de la justicia.

Mientras el condenado cumple condena en la prisión asturiana de Villabona, la víctima continúa esperando plaza en un centro adecuado a su edad y circunstancias. Tras un largo calvario de operaciones y sufrimiento, Raquel Díaz (Villablino, 1976) sigue recuperándose de sus lesiones neurológicas y vive en un centro geriátrico de Castilla y León. "No debo vivir entre ancianos y enfermos psiquiátricos", claman ella y cualquiera que vea cómo es hoy la vida de una mujer de 48 años que sufrió un caso extremo de violencia de género y ha logrado sobrevivir. "La mayor condena me ha caído a mí", lamenta.